TRAMITAR REGISTRO SANITARIO CATERING

TRAMITAR REGISTRO SANITARIO CATERING

CATERING QUE REQUIERE DE REGISTRO SANITARIO

Has de tener en cuenta que los catering que requieren Registro Sanitario son aquellos que trabajan para clientes empresa, esto es, no particulares.

O para catering que, trabajando tanto para particulares como para empresas, facturan a partir de un 25% del total, a Empresas. Si la facturación a empresas no existe o no es significativa, no necesitas contar con Registro Sanitario, aunque si necesitas cumplir con otras obligaciones como catering para eventos a particulares.

POSIBLES ACTIVIDADES SIENDO CATERING:

  • Sin instalaciones propias: 
Elaboras de principio a fin, tus platos en la instalación propiedad de terceros , donde presto el servicio (ej.: una empresa donde cuento con una cocina para elaborar menús para). Además, no cuentas con ningún almacén donde guardes materias primas, ya que las compras el mismo día de elaboración para llevarlas a la instalación donde se celebra dicho evento.
  • Sin instalaciones propias de elaboración pero con almacén auxiliar de materias primas :
Es el mismo caso que el anterior (solo elaboras en una instalación que no es propia y está ubicada donde se celebra el propio evento), pero cuentas con un almacén auxiliar para materia prima destinada a eventos que vayas a realizar.
  • Con obrador:
Cuentas con cocina propia para almacenar y elaborar/pre-elaborar productos que posteriormente serán servidos en el lugar donde se celebre el evento o terminados de elaborar para ser servidos.

¿CUÁNTO TIEMPO TARDARÉ EN OBTENER EL REGISTRO SANITARIO?

Podemos considerar 3 fases:

Si cuentas con todos los requisitos previos (Empresa Española creada o autónomo de alta, y contar con Certificado/Firma Digital)  , en tres días hábiles realizaríamos la solicitud. Para ello, antes, te solicitaremos la documentación necesaria, te indicaremos cómo abonar al organismo las tasas oficiales (dependiendo de actividad y comunidad autónoma, varían, pero son cantidades asumibles), y tras cumplimentar y preparar el formulario de solicitud, te enviaremos tu expediente para que, de forma guiada telefónica (duración estimada no más de 20 minutos), puedas subir tu expediente y realizar la solicitud online, desde el equipo donde tengas instalado tu Certificado Digital.

Hay que recordar que el Certificado Digital no se debe compartir con terceras empresas (por protección del titular del certificado), por lo que no existe la opción de que nos puedas enviar tu certificado.

A partir de este trámite, contarás con un número de solicitud, pero para obtener tu Registro Sanitario, Sanidad solicitará (vía mail o a través del sistema de comunicaciones del usuario que hayamos creado en la web de Sanidad al realizar la solicitud), tu Sistema de Autocontrol APPCC  para tu actividad.

  • Como Cátering sin instalaciones propias: Elaboraremos tu Sistema de Autocontrol APPCC y seguidamente habrá que subirlo de a la web de Sanidad, con tu Certificado Digital.
    • Plazo de ejecución: 5 días hábiles (contando antes con la documentación que te requeriremos).
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  • Como Cátering sin instalaciones propias pero con almacen auxiliar de materias primas: Elaboraremos tu Sistema de Autocontrol APPCC y seguidamente habrá que subirlo de a la web de Sanidad, con tu Certificado Digital.
    • Plazo  ejecución sin visita a tu almacén (en ese caso solicitaremos fotografías y/o vídeos, o bien una videollamada si existe la posibilidad): 10 días hábiles.
    • Plazo de ejecución con visita a tu almacén: 14 días hábiles.
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  • Como Cátering con obrador: Elaboraremos tu Sistema de Autocontrol APPCC y seguidamente habrá que subirlo de a la web de Sanidad, con tu Certificado Digital.
    • Plazo  ejecución sin visita a tu obrador (en ese caso solicitaremos fotografías y/o vídeos, o bien una videollamada si existe la posibilidad): 10 días hábiles.
    • Plazo de ejecución con visita a tu almacén: 14 días hábiles.
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*Dependiendo de la Comunidad Autónoma, solicitan el envío online del APPCC conjuntamente con la solicitud de Registro o con posterioridad a dicha solicitud, en un plazo máximo de 3 semanas.

Es variable y no depende de nuestra gestión. Suelen tardar poco tiempo (1-4 semanas), pero en algún caso puntual se demoran más. A ese respecto, no podemos acelerar el proceso de ninguna forma.

Si bien, hay que tener en cuenta que:

  • Si en la actividad se utilizan POAS (Productos de origen animal) como materia prima (EJ: Carne picada, carne cruda, huevos,…), es necesaria autorización previa por parte de Sanidad  para comenzar la actividad y poder obtener el Registro. Esto implica contar con el APPCC elaborado y esperas a visita previa de Sanidad antes de comenzar la actividad.
  • Si la actividad no utiliza POAS (Burguer Meat, Embutidos, Nuggets, albóndigas…), aunque sean de origen animal, se consideran procesados y no suelen requerir autorización previa, por lo que con la solicitud suele ser suficiente para comenzar la actividad. Pero atención, esto es lo que “suele” suceder. En ocasiones, dependiendo del criterio del técnico de Sanidad o de la Comunidad Autónoma, pueden ser más restrictivos y solicitar  autorización. En cualquier caso nos lo comunicarían cuando comenzásemos el proceso de Solicitud de Registro para sabes si podemos comenzar o no.

SERVICIOS QUE TE OFRECEMOS:

  • Tramitación de Solicitud de Registro Sanitario
  • Elaboración APPCC (incluye también Tramitación de Solicitud de Registro Sanitario), para:
    • Cátering  sin instalaciones propias
    • Cátering sin instalaciones propias pero con almacén auxiliar sin visita presencial previa (visita telemática)
    • Cátering con obrador sin realizar visita presencia  (visita telemática)
    • Cátering con obrador, incluida visita presencial

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